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IMSS hace obligatoria la Tarjeta de Identificación Patronal Digital

8 de septiembre de 2026

Con fecha 8 de septiembre de 2026 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.310826/238.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria celebrada el 31 de agosto de 2026, por el que se aprueba la generación obligatoria de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital, así como la actualización de la relación de trámites y servicios disponibles y por ofrecerse en el Buzón IMSS y sus anexos I y II.

Mediante este acuerdo, el cual el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aprueba la generación obligatoria de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital (TIP Digital) y actualizó la relación de trámites y servicios disponibles en el Buzón IMSS.

La medida constituye un paso adicional en el proceso de digitalización de la relación entre el Instituto, las personas empleadoras y demás sujetos obligados, al trasladar al Buzón IMSS un documento que tradicionalmente se expedía en formato físico.

Generación obligatoria El punto Primero del Acuerdo establece expresamente la generación obligatoria de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital, la cual deberá efectuarse mediante el Buzón IMSS conforme al procedimiento previsto en su Anexo I. Asimismo, el punto Segundo dispone que la TIP Digital podrá utilizarse en aquellos trámites que requieran este documento y que sustituirá a la tarjeta expedida físicamente.

De esta manera, la identificación patronal comienza a migrar formalmente hacia un esquema electrónico vinculado con el registro patronal y con los mecanismos de autenticación utilizados para acceder al Buzón IMSS.

Como consecuencia de este cambio, también se modifica la relación de trámites y servicios del Buzón IMSS que había sido aprobada mediante el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.230724/261.P.DIR, publicado el 5 de agosto de 2024, incorporándose ahora el servicio denominado “Generación de Tarjeta de Identificación Patronal Digital”.

Procedimiento para obtenerla El Anexo I establece que la generación de la TIP se realizará ingresando al Buzón IMSS mediante el mecanismo de autenticación correspondiente y seleccionando, dentro de la sección “Afiliación y Cobranza”, la opción “Mi TIP”. Posteriormente deberá elegirse el registro patronal respecto del cual se pretende generar la tarjeta.

El sistema permitirá verificar las personas autorizadas asociadas al registro patronal, con un máximo de tres. Cuando sea necesario efectuar modificaciones, podrán realizarse altas mediante CURP o bajas de las personas previamente registradas. Una vez revisada la información, deberá seleccionarse la opción “Generar TIP” y aceptar su emisión. El documento se descargará en formato PDF y podrá conservarse digitalmente o imprimirse.

El propio procedimiento permite descargar nuevamente el documento en PDF cuantas veces sea necesario.

Una aparente inconsistencia Mientras que el punto Primero del Acuerdo establece expresamente la “generación obligatoria” de la Tarjeta de Identificación Patronal Digital, el encabezado operativo del Anexo I señala que las personas empleadoras o sujetos obligados “que opten por utilizar” la tarjeta digital podrán generarla a través del Buzón IMSS.

Parecería que el cuerpo principal del Acuerdo pretende imponer la generación de la TIP Digital como obligación general, mientras que el Anexo utiliza un lenguaje que podría sugerir voluntariedad respecto de su utilización.

No obstante, desde una interpretación sistemática, el mandato contenido en el Acuerdo parece ser el elemento normativo central: la generación es obligatoria, mientras que su utilización material dependerá de que determinado trámite requiera la identificación patronal. Esta distinción posiblemente explique la redacción del Anexo, aunque habría sido conveniente que el Instituto empleara términos uniformes para evitar dudas entre los patrones.

Entrada en vigor El Acuerdo y sus anexos entrarán en vigor el 23 de septiembre de 2026.

A partir de entonces, los patrones deberán considerar la nueva TIP Digital dentro de sus procedimientos administrativos ante el Instituto.

Implicaciones para los patrones La modificación puede parecer menor al tratarse, en principio, de la digitalización de una tarjeta ya conocida. Sin embargo, en la práctica conviene revisar anticipadamente que el acceso al Buzón IMSS se encuentre correctamente habilitado, que los registros patronales correspondientes aparezcan vinculados y que las personas autorizadas sean las correctas.

Esto resulta particularmente relevante para grupos empresariales que administran diversos registros patronales o para organizaciones en las que los trámites ante el IMSS son realizados por distintas personas o áreas, pues el sistema limita a tres personas autorizadas por registro patronal para efectos de la generación de la tarjeta.

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