“Tengo 4 propiedades en renta y mi inquilino paga con cheque devuelto.”
Contador para arrendadores en Sonora
Te modelamos RESICO vs Ciega 35% vs deducciones reales. Retención 10% ISR cuando inquilino PM correctamente acreditada. Sin sorpresas en marzo.
- Modelaje RESICO vs Ciega 35% vs deducciones reales
- Retención 10% ISR acreditada (cuando inquilino PM)
- IVA correcto: 16% (8% Frontera Norte) local · exento casa habitación
Le suena familiar
¿Alguno de estos casos es el suyo?
Si dice 'sí' a cualquiera, podemos resolverlo esta semana.
“Deduzco con ciega 35% pero mi sobrina contadora dice que pierdo.”
“No emito CFDI cuando me pagan en efectivo y el SAT cruzó mis depósitos.”
“Renté a un negocio y me retuvieron 10% ISR sin avisarme.”
“Vendí una de mis casas en renta y no entiendo cómo declaro la ganancia.”
Caso real
Esto es lo que hicimos por un cliente como usted
Cliente
Arrendador PF en Hermosillo (4 propiedades habitacionales)
Situación inicial
Ingresos $720K/año por renta a familias. Usaba deducción ciega 35%: base $468K, ISR ~$50K. Sin emitir CFDI sistemáticamente.
Intervención KGM
Migración a RESICO PF (1.5% sobre $720K = $10,800) + emisión CFDI cada mes + complemento de pago al cobro real.
Resultado
ISR anual bajó de $50K a $11K (ahorro $39K/año) + sello digital protegido + relación CFDI-depósito cuadrada.
Caso referencial arrendador típico Sonora. Cifras pendientes de validación con cliente real.
Cómo resolvemos su caso
Del primer contacto al primer cierre
Timeline real con la velocidad a la que trabajamos. Sin sorpresas.
- 1
Día 1
Diagnóstico de propiedades
Inventario de propiedades, tipos de inquilino (PF/PM), CFDI emitidos, retenciones recibidas.
- 2
Día 7
Cálculo comparativo
Modelaje RESICO PF vs Ciega 35% vs deducciones reales. Frontera Norte si aplica.
- 3
Día 14
Migración y configuración
Cambio de régimen si aplica + configuración CFDI mensual + alta retenciones.
- 4
Mes 1
Primer cierre
Emisión CFDI mensual por cada propiedad + acreditamiento retención 10% si inquilino PM.
- 5
Mes 3
Plan trimestral
Si renta mensual < 10 UMA ($35,662 en 2026), opción de pagos trimestrales.
Qué incluye para su giro
Servicios concretos · no genéricos
Cada punto está pensado para su giro específico, no es una lista copy-paste de servicios contables.
Por qué KGM
Un contador genérico no es lo mismo que un contador de su giro
La diferencia se mide en pesos, multas evitadas y horas que usted no tiene que invertir explicándole su negocio al contador.
Contador genérico
Un contador genérico aplica deducción ciega 35% por default sin comparar con RESICO PF (1-2.5%); el arrendador paga más ISR.
KGM y Asociados
Modelamos los 3 escenarios; RESICO conviene casi siempre si calificas.
Contador genérico
No emitir CFDI por rentas en efectivo descalibra ingresos declarados vs depósitos bancarios.
KGM y Asociados
Emisión sistemática de CFDI mensual + complemento de pago.
Contador genérico
Cambiar de ciega a reales en pagos provisionales (no permitido en el mismo ejercicio) genera errores y recargos.
KGM y Asociados
Definimos el método óptimo desde el inicio del ejercicio y lo mantenemos consistente.
Riesgo de no actuar
Estos errores nos los traen cada semana · ya con multa encima
No es una amenaza, es estadística del giro. Mejor evitarlo que arreglarlo después.
Error frecuente
No emitir CFDI por la renta cuando inquilino es PF.
Costo
SAT cruza CFDI con declaraciones → restricción CSD por inconsistencia + multa $19,700-$112,650 por CFDI omitido.
Error frecuente
No registrar retención 10% ISR cuando inquilino es PM (Art. 116 LISR).
Costo
Pérdida del acreditamiento en declaración anual; ISR pagado innecesariamente.
Error frecuente
Cambiar de método (ciega → reales) durante el ejercicio.
Costo
No permitido en mismo ejercicio (Art. 115 LISR). Genera diferencias y recargos 2.07% mensual.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan los arrendamiento
Tip estacional · Marzo (anual) + enero (Padrón Frontera Norte)
Marzo: declaración anual con todas las rentas cobradas + deducciones + acreditamiento de retenciones recibidas. Enero: si aplicas Frontera Norte (IVA 8% en local comercial), revalida Padrón.
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